Aplazamiento de deudas fiscales por el coronavirus
El coronavirus está afectando a toda nuestra sociedad como hasta hace poco no podÃamos imaginar. Cualquier aspecto organizativo se modifica para luchar contra él y la fiscalidad no podÃa quedarse al margen. El gobierno publicó el pasado 12 de marzo un decreto en el que estableció medidas urgentes para responder al impacto económico del COVID-19, incluido el aplazamiento de algunas deudas tributarias. Te lo contamos en este post:
Aplazamiento de liquidaciones de IRPF, IVA y pagos fraccionados de sociedades
- Vuestra empresa puede solicitar aplazar la deuda de liquidaciones de IRPF, IVA y pagos fraccionados de sociedades durante 6 meses sin calcular intereses durante los tres primeros meses del aplazamiento.
- Las liquidaciones para las que puede solicitarse el aplazamiento son las comprendidas entre el 13/03/20 y el 30/05/20 (incluidos)
- Podéis solicitar el aplazamiento de la deuda si el volumen de vuestras operaciones del 2019 no es superior a 6 millones de euros.
- Si no queréis solicitar ese aplazamiento, podéis presentar las liquidaciones en el plazo habitual.
¿Cuáles son las liquidaciones afectadas?
Mensuales: 111, 115, 123, 303, 210, 211, 216
- De febrero, a presentar en marzo.
- De marzo, a presentar en abril.
- De abril, a presentar en mayo.
Trimestrales: 111,115, 123, 130, 131, 303, 210, 211, 216, 202 (Pago de abril)
- Primer trimestre, a presentar durante el mes de abril.
¿Quieres más información?
Isi Condal – Software especializado de gestión de recambios
Isi Condal se creó en el año 1993 y desde entonces nos dedicamos en exclusiva al desarrollo de Software especializado de gestión de recambios de automoción. Consulta nuestros Productos.